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lunes, 27 de mayo de 2013

La arrogancia

Las recusaciones y el proceder de la Suprema Corte

Brecha - Viernes 24 5 13 - Escrito por: Walter Pernas

Los miembros de la corporación, recusados en 11 expedientes, duermen los asuntos en su contra cuando deberían sacar el bolillero y sortear una nueva integración del máximo órgano judicial entre los ministros de tribunales penales. Además, desafían el cumplimiento de los informes de las Naciones Unidas y de la Corte Interamericana.

Cuatro de los cinco ministros de la Suprema Corte de Justicia (scj) ya han sido recusados en 11 causas en las que se investigan crímenes cometidos bajo el terrorismo de Estado.

Ha pasado un mes y medio desde que llegó la primera demanda de parte de una fiscalía, a fin de que los integrantes de la corporación cuestionados se aparten de los casos de derechos humanos (homicidios, torturas, de­saparición forzada) o inicien los procedimientos correspondientes para ser juzgados en razón de la "pérdida de imparcialidad" que se les endilga. Pero la Corte parece dejar correr el tiempo.

En el caso de recusaciones contra jueces o presentaciones de recursos de inconstitucionalidad de parte de militares indagados, al máximo órgano judicial se le vio actuar con celeridad: llegó a enviar de inmediato un emisario al juzgado de la entonces magistrada penal Mariana Mota a poco menos que "incautar" un expediente, de modo que el proceso en el que podía llegar a terminar preso el general Pedro Barneix no siguiera adelante. Sin embargo, ahora que los ministros de la propia Corte Jorge Ruibal Pino, Jorge Chediak, Jorge Larrieux y Julio César Chalar fueron recusados, el trámite judicial sufre de un aletargamiento que contrasta con aquella diligente manera de hacer las cosas.

Los fiscales demandantes ?Ana María Tellechea, Carlos Negro, María de los Ángeles Camiño, Gilberto Rodríguez y Ariel Cancela? están en conocimiento de que la scj ha formado "pieza", es decir, un expediente aparte de cada uno de los procesos de investigación por la causa de derechos humanos que corresponda, vía por la cual se resolverá sobre el planteo que hacen los magistrados del Ministerio Público. No se aportan mayores datos desde el Palacio Piria.

El artículo 328 del Código General del Proceso (cgp) establece que "presentada la demanda, si el juez recusado la aceptare y se abstuviere de intervenir en el asunto" remitirá el expediente "al subrogante", y en caso de tratarse de un integrante de un "órgano colegiado", como en este caso, "será sustituido conforme con la ley".

Pero si "no aceptare la causal de recusación" se someterá el asunto "a conocimiento del tribunal que correspondiere con exposición del juez recusado, indicación de la prueba que se proponga producir", solicitando que se tramite el caso, para "lo cual se formará pieza separada".

Parece que se empezó por esto último, y se puede deducir que por ello los ministros no se van a abstener de intervenir en los asuntos de derechos humanos. Pero ¿quién va a decidir si pueden seguir?, ¿o si perdieron o no su imparcialidad luego de que Ruibal Pino declaró que la Corte, en tanto no cambiará su integración, es una "muralla" contra la que chocarían todos aquellos jueces y fiscales que pretendan seguir investigando y buscando responsabilidades? (La República, 10 de abril).

Ninguno de los cuatro ministros que conforman "la muralla", es decir los que decidieron ?a contrapelo del derecho internacional de los derechos humanos? que en Uruguay los homicidios, las torturas y las desapariciones forzadas cometidas en y desde la época del terrorismo de Estado son delitos comunes y por tanto prescribieron, pueden ser juez y parte en estos casos de recusación.

Si bien el de recusar a ministros de la scj es un asunto atípico, está claro que los cuestionados no se pueden juzgar a sí mismos, pues eso sería una burda violación de los principios de un Estado de derecho y del sentido común. Pero hay normas que están al alcance de todos quienes integran el sistema judicial y, como en tantos otros casos, se aplican por analogía. Por ejemplo, el artículo 66 del Código del Proceso Penal (cpp) señala que en los casos de recusación los jueces se subrogarán en la siguiente forma: "los miembros de la Corte de Justicia, por sorteo entre los miembros de los tribunales de apelaciones en lo penal que se hallaren desimpedidos".

Si los cuatro ministros de la Corte cuestionados se hubieran abstenido, se debería elegir por sorteo cuatro ministros de los 12 que existen en tribunales de apelaciones penales, para integrar de manera especial una Suprema Corte que decida en los casos de derechos humanos (junto al único de los miembros de la corporación que no fue recusado, Ricardo Pérez Manrique).

La norma es aplicable ?esto de acuerdo a varias consultas realizadas por Brecha entre jueces y fiscales? para integrar con ministros de tribunales penales una Corte especial que decidiría si Ruibal Pino, Chediak, Larrieux y Chalar deben seguir o no actuando en los asuntos de crímenes cometidos bajo el terrorismo de Estado.

Un mes y medio parece tiempo suficiente como para desempolvar el bolillero y llamar a sorteo en audiencia pública. Y no estaría de más en tiempos donde hablar de transparencia no es lo mismo que ejercerla.

"LAS OBLIGACIONES." 

En ese sentido, la scj no ha dicho si cumplirá con la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que le ha ordenado al Estado, y a la Corte uruguaya en particular, dar marcha atrás con el fallo que declara como delitos comunes ?y por tanto prescriptos? los crímenes cometidos bajo el terrorismo de Estado, que por ende son imprescriptibles.

Su obligación es cumplir, ya que de lo contrario el Estado podría volver a ser condenado como país violador de los derechos humanos. Esa es la preocupación del canciller, Luis Almagro (el Ministerio de Relaciones Exteriores es el que representa al Estado en los juicios internacionales), quien junto a una delegación del Poder Ejecutivo visitó el Palacio Piria para recordarles a los miembros de la scj que el Estado es uno solo, aunque la separación de poderes deba ser respetada.

Almagro fue a presentarles a los ministros el último informe del Comité de la onu contra la Desaparición Forzada: "No fuimos a trasmitir preocupación, sino a trasmitir las recomendaciones que formulara el Comité contra la Desaparición Forzada respecto a la presentación del informe de Uruguay. Fuimos muy literales, leímos las recomendaciones formuladas, especialmente en lo que específicamente refiere a la desaparición forzada y cómo debe ser tratado ese delito", sostuvo el canciller el lunes 20.

Pero Chediak declaró ante la prensa que para la scj ese informe "no es vinculante". Es decir, que la Corte uruguaya no tiene por qué cumplir con el contenido del documento.

Esta forma de ver las cosas parece darse de bruces con la idea del cumplimiento de un tratado de estas características por parte de un Estado parte (como Uruguay), y revela que no hay ánimo de cumplir con ninguna recomendación que implique un cambio de parecer de los ministros.

"El Estado parte debería asegurar que las desapariciones forzadas sean investigadas como tales y los responsables sancionados por este delito independientemente del tiempo transcurrido desde el inicio de la conducta delictiva. 

Asimismo, el Estado parte debería asegurar que todos los agentes estatales, incluidos jueces y fiscales, reciban formación adecuada y específica acerca de la convención y las obligaciones que ésta impone a los estados que la han ratificado. El Comité desea destacar el carácter continuo del delito de desaparición forzada, de conformidad con los principios de la convención y recordar los términos en los que ésta regula el régimen de prescripción de este delito; así como destacar su carácter de imprescriptible cuando sea de lesa humanidad", señala el párrafo 14 del informe leído en el Palacio Piria.

Tanto este comité de las Naciones Unidas como la Corte Interamericana se han expresado. Y la scj, si no acepta modificar sus decisiones retrógradas, será la responsable en caso de un nuevo fallo contra el Estado uruguayo. Así esos cuatro ministros, desde sus poltronas, se convertirán en violadores de los derechos humanos. Parece cuestión de tiempo, y no de fondo, pero entre tanto los autores de crímenes aberrantes ganan un tiempo más de libertad, y mueren gozando de impunidad.

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